sábado, 9 de mayo de 2015

MEDICAMENTOS DE CONTROL








CUESTIONARIO

1. Defina que es un medicamento de control
Es toda sustancia cualquiera que sea su origen, que produce efectos mediatos e inmediatos de dependencia psíquica o física en el ser humano; aquella que por su posibilidad de abuso, pueda tener algún grado de peligrosidad en su uso, por ejemplo, una adicción.


2. Que requisitos debe de cumplir toda prescripción  de medicamento de control especial

1. Codificación.
2. Nombre del prescriptor, dirección y teléfono.
3. Fecha de expedición de la formula medica
4. Nombre del paciente, dirección y número del documento de identidad
5. Denominación Común Internacional del medicamento, concentración y forma farmacéutica, cantidad total en números y letras y dosis diaria (frecuencia de administración), vía de administración y tiempo de tratamiento.
6. Firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional.

3. Como se reconocen o con que se identifican en su empaque los medicamentos de control especial

Los medicamentos de control especial tienen una Franja violeta


4. Que entidades realizan a nivel nacional y local la distribución y comercialización los medicamentos de control especial
Para cualquier tipo de actividad con sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, las entidades públicas, privadas y personas naturales deberán estar inscritas ante la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes o Fondos Rotatorios de Estupefacientes de acuerdo a lo establecido en la presente norma. Modalidades de Inscripción: importación, exportación, compra y venta local, distribución mayorista nacional, fabricación y acondicionamiento de sustancias sometidas a fiscalización yo productos que las contengan se tramitarán directamente en la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes. los establecimientos distribuidores mayoristas a nivel nacional deberán relacionar la documentación de cada uno de los establecimientos de su propiedad. INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN, AMPLIACIÓN MODIFICACIÓN Las modalidades de dispensación, distribución minorista o mayorista dentro de un mismo Departamento se tramitará en cada uno de los Fondos Rotatorios de Estupefacientes. República de Colombia UAE - Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social.

5. Que requisitos o parámetros debe cumplir el libro de los medicamentos de control especial
Todos los establecimientos Farmacéuticos que manejan medicamentos de control especial deben tener  un libro foliado y sellado por la oficina de control de medicamentos, en donde el Farmacéutico Director debe registrar el movimiento de todos los medicamentos de control especial.

1-cantidad de medicamentos disponibles en el punto de venta.
2-nombre genérico y comercial de la sustancia
3-presentación del producto
4-rotacion del producto, entradas salidas y saldos
5-nombre del médico que prescribe la formula
6-registro medico
7-fecha de expedición no mayor  30 días
8-no debe contener enmendaduras y tachones
9-hojas numeradas con respectivo consecutivos
El seguimiento a este libro con sus respectivos productos debe ser diario y debe ser llevado por un facultativo de la salud o regente de farmacia, ya que para cualquier visita de cualquier ente de salud se pueda demostrar el control para la dispensación de medicamentos controlados en dicho punto
Se debe tener en cuenta que 30 días mes de debe llevar el libro a la secretaria de salud para llevar un control y revisión especifica de los controlados

6    Cuáles son los principios activos de control especial comercializado por el Fondo Nacional de Estupefacientes

Según el artículo 6 de la resolución 1478 de 2009; Pertenecen al Monopolio del
Estado, las siguientes sustancias y los medicamentos fabricados con las mismas:
A. FENOBARBITAL en todas sus presentaciones.
B. HOJA DE COCA Y SUS DERIVADOS.
C. HIDROMORFONA en todas sus presentaciones.
D. MORFINA en todas sus presentaciones.
E. MEPERIDINA o PETIDINA en todas sus presentaciones.
F. ELIXIR PAREGORICO.
G. METILFENIDATO en todas sus presentaciones.
H. METADONA en todas sus presentaciones.
I. OPIO.
J. HIDRATO DE CLORAL.
Todas las que el Ministerio de la Protección Social y demás entidades públicas del orden Nacional previos estudios técnicos, epidemiológicos o científicos consideren deben ser Monopolio del Estado.

7. En qué condiciones deben almacenarse y conservarse los medicamentos de control especial en los servicios farmacéuticos
Los medicamentos se  procede a almacenar en orden alfabético, forma farmacéutica  y por fechas de vencimiento.  Para el almacenamiento se debe garantizar que los medicamentos  estén protegidos de la humedad, luz, aire y temperatura.  Los medicamentos de control especial se almacenan bajo  llave. Los medicamentos que requieren cadena de frio, se  deben almacenar en nevera a temperatura entre 2ºC y 8ºC.

  • ·       Buena circulación del aire, que permita mantener la vida útil del medicamento.
  • ·       Debe evitar que los rayos solares puedan llegar hasta los medicamentos.
  • ·       Humedad relativa baja controlada.
  • ·       Temperaturas apropiadas controladas.
  • ·       La entrega del medicamento debe ser en orden cronológico primero en entrar es primero en salir, por lo tanto los últimos que llegan se colocan en la parte posterior,
  • ·         En el caso en que le medicamento deba reempacarse, reenvasarse    y sellarse, se elaborara un rotulo con las siguientes indicaciones:


Nombre
Medicamento
Forma

Farmacéutica
Concentración
Fecha de vencimiento




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